Proceso de arbitraje

a.  EVALUACIÓN PRELIMINAR INTERNA

    1. Revisión en primera instancia bajo responsabilidad de Dirección Editorial para verificar pertinencia temática, originalidad y cumplimiento de instrucciones para autores. La revisión se registra en una planilla de preselección.
    2. Registro sobre resultado de revisión en primera instancia, según las especificaciones:
      • aceptado para revisión arbitrada
      • aceptado bajo condición de corrección
      • no aceptado
    3. Corrección y reenvío del artículo o contribución a cargo de autor/es en caso de observaciones de revisión en primera instancia.
    4. Recepción de artículo corregido para pasar a la revisión arbitrada por pares.

b.  REVISIÓN ARBITRADA POR PARES

  1. Designación de al menos un/a evaluador/a externo/a del Comité de Evaluadores, para proceso de arbitraje bajo sistema “doble ciego”, según los siguientes criterios:
    • Experiencia en el campo temático del artículo
    • Formación académica afín al tema del artículo
  2. Revisión en segunda instancia a cargo de par/es evaluador/es designado/s, según indicadores específicos de revisión del contenido registrados en una planilla de revisión arbitrada.
  3. Registro sobre valoraciones y dictamen académico de evaluadores, según las especificaciones:
    • aceptado para publicación
    • aceptado bajo condición de corrección
    • no aceptado
  4. En caso de disparidad entre los dictámenes de los evaluadores, se procederá a enviar a un tercer evaluador, preferentemente integrante del Comité Editorial Internacional, para que dirima la divergencia. Sobre el dictamen de este tercer evaluador no cabrá reclamación alguna.
  5. Comunicación al autor sobre el dictamen de la revisión arbitrada.
  6. Corrección y reenvío del artículo científico o contribución con las respectivas optimizaciones a cargo de autor/es, en caso de aceptación bajo condición de corrección.
  7. Verificación de correcciones y puesta en conocimiento del pre-print a integrantes del Comité Editorial Internacional y de Coordinación de Investigación del Instituto de Investigación y Postgrado.
  8. Publicación de la contribución previa autorización del autor para la difusión de su contribución y bajo criterio del equipo editorial sobre el número en el que será incluido el artículo.